Visas Religiosas y Hospitalidadias

Abogado de Visa de Animador y de Artista en Nueva York

La mayoría de la gente estaría de acuerdo en que Nueva York es la capital del entretenimiento del mundo donde el arte, los artistas y los animadores tienen un mercado enorme para mostrar el caso de su oficio. No sólo tenemos una enorme cantidad de talento local, sino también numerosos artistas internacionales y artistas que han hecho de Nueva York una parada importante en sus diversas giras por los EE.UU. Con este fin nuestros abogados de visas de animador y de artistas en Nueva York y los abogados de visas de entretenimiento han hecho posible que numerosos artistas internacionales y animadores obtengan la oportunidad de realizar aquí en los tres estados de Nueva York, Nueva Jersey y Connecticut. Nuestro bufete está aquí para ayudar a los artistas y animadores a que se establezcan, e incluso aquellos que no están establecidos para obtener sus visas para estar en los EE.UU.

Las Personas con Habilidades Extraordinarias o Logro: Visa-O

El O-1A es una visa de empleo temporal basada en las personas que poseen habilidades extraordinarias o logros en ciencias, artes, educación, negocios o atletismo que han sido demostradas por aclamación nacional o internacional. O si en una película o producción de TV (S-1B), el individuo debe tener “un historial demostrado de logros extraordinarios.” Además, dicha persona debe ir a trabajar o a presentarse en un evento o serie de eventos en el área de la capacidad de sus capacidades. Las visas O-1 se otorgan por un máximo de tres años, sin embargo, puede ser ampliada en incrementos de un año solo si el mismo trabajo continúa.

Algunos de los Requisitos Para la Visa O

El empleador debe demostrar que el artista tiene una habilidad extraordinaria y que ha recibido la aclamación nacional o internacional. Esto puede ser demostrado al mostrar que el artista haya recibido un premio importante de reconocimiento internacional o haya logrado por lo menos tres de los siguientes:

  • Recibió un premio reconocido a nivel nacional
  • Membrecía recibida en una organización que requiere logros
  • La información publicada en una revista profesional o grandes medios de comunicación sobre el oficio del artista.
  • El trabajo como juez en el trabajo de otros en el campo
  • La petición del empleador por el artista puede presentar pruebas para demostrar la “extraordinariedad” del artista
  • ¿Se ha mandado o va a exigir un salario alto cuando se compare con los artistas similares?

Ejemplo de personas que pueden calificar para una visa O, incluidas pero no se limitan a:

  • Escritores
  • Atletas
  • Artistas Intérpretes o Ejecutantes
  • Cantantes
  • Productores
  • Artistas Visuales
  • Directores Diseñadores de equipo e iluminación y de sonido
  • Artistas de Maquillaje
  • Corógrafos
  • Artistas de Gastronomía

Los Atletas Reconocidos Internacionalmente, Equipo Deportivo o Grupo de Entretenimiento: Visa P-1

La visa P es una visa de empleo temporal en función de los deportistas o equipos deportivos que son reconocidos internacionalmente, o la persona que se desempeña como parte integrante de un grupo de entretenimiento. Al igual que con la visa-O, las personas deben venir a los Estados Unidos para participar en un evento en particular de competencia o de rendimiento. Esto puede incluir presentaciones de promoción y escalas incidentales, y puede ser para toda la temporada, itinerario y el contrato.

Requisitos Para la Visa P-1

Los Atletas: deben demostrar que: (a) que son en individual o en equipo reconocidos internacionalmente, (b) que la competencia sea reconocida, y (c) que la competencia requiere de los individuos o del equipo (s) con reconocimiento internacional. También debe proporcionar un contrato con las Grandes Ligas de Deportes de los EE.UU. o un equipo o un evento deportivo internacional y al menos dos de los siguientes:

  • Participación significativa en el ámbito del deporte de las Grandes Ligas;
  • Competencia internacional con un equipo nacional;
  • Participación significativa en el nivel universitario;
  • Declaración escrita de un funcionario de los EE.UU. sobre la persona o un reconocimiento internacional del equipo;
  • Declaración escrita de expertos o de los medios de comunicación deportivos en relación con el reconocimiento internacional;
  • Individual o equipo superior;
  • Honor o premio recibido por el individuo o por el equipo en el deporte particular, o funcionando como un atleta profesional empleado por cualquier equipo deportivo profesional o equipo de ligas menores.

Ejemplo de los atletas que pueden calificar para una visa P, incluidos pero no se limitan a:

  • El atleta que se desempeña a nivel internacional
  • Algunos atletas aficionados o entrenadores de deportes de un equipo
  • Patinador de Hielo que se desempeña en un grupo o individualmente

Artista / Grupo de Entretenimiento: Deber del Grupo (1) ser reconocido internacionalmente por un período sostenido y sustancial de tiempo, (2) que el 75% de los miembros se hayan estado desarrollando juntos por un año o más. Tenga en cuenta que tanto el reconocimiento internacional y la regla de haber estado desarrollándose juntos en un año pueden no aplicarse a los artistas e intérpretes. La petición debe incluir una prueba de que el grupo ha sido nominado o ha recibido un importante reconocimiento internacional o cualquiera de los tres de los siguientes:

  • Líderes o estrellas con rendimiento de excelente reputación
  • Reseña de las principales publicaciones (s)
  • Líderes o estrellas con un desempeño para una organización con reputación distinguida
  • Gran éxito comercial
  • Altos sueldos del comando del grupo
  • Testimonio con respecto a los logros del grupo

Animador Para Trabajar Bajo un Programa de Intercambio Recíproco: P-2 Visa

La visa P-2 es una visa de empleo temporal en función de artista o animador que se llevará a cabo bajo un programa de intercambio recíproco entre una organización en los Estado Unidos y una organización en otro país.

Requisitos Para la Visa P-2

Para calificar, el artista o el animador debe entrar a los Estados Unidos a través de un programa de intercambio recíproco de gobierno reconocido. Además, el artista o animador tiene que demostrar que él / ella posee habilidades similares a las de un artista de los EE.UU. o un animador que participará en el evento fuera de los Estados Unidos.

Animador Para Ser Parte de un Evento Cultural Único: Visa P-3

La visa P-3 es una visa de empleo temporal en función de artista o animador quien la desarrollará, enseñando o entrenando de forma individual o en grupo en eventos culturales únicos.

Requisitos Para la Visa P-3

Para calificar, el artista (s) debe venir con el propósito de desarrollar, interpretar, representar, entrenar, o enseñar una única o tradicional étnica, folklórica, cultural, musical, teatral, o espectáculo artística o una presentación. Además, los eventos deben ser para avanzar en el entendimiento o el desarrollo de esa forma de arte en particular.

Nosotros en la Oficina de Derecho de Shane D. Scott estamos con el compromiso de proporcionar la mejor representación a las personas que están en la industria del entretenimiento. Nuestros abogados de inmigración de entretenimiento de la ciudad de Nueva York harán lo posible para que usted exprese su forma de arte en los Estados Unidos. Para obtener ayuda con el entretenimiento basado en visa póngase en contacto con nuestra oficina al (800) 230-0744 o sscott@shanescottlaw.com o Skype: shanescottlaw

Trabajadores Religiosos Temporales: Visa R-1

La Ciudad de Nueva York es conocida por tener numerosas iglesias y organizaciones religiosas. Nuestra firma de abogados de trabajadores religiosos de Nueva York ayuda a las personas a venir a los Estados Unidos para trabajar en su vocación religiosa. La visa R-1 es una visa de empleo temporal en función de una persona que viene a los Estados Unidos para ser empleados por lo menos 20 horas semanales por una organización religiosa sin fines de lucro y para trabajar como un ministro o de una vocación religiosa u otra ocupación. Nuestra firma de abogados pueden ayudar a los trabajadores religiosas temporales tales como: ministros, pastores, sacerdotes, miembros del clero, rabinos, monjes budistas asalariados, oficiales y suboficiales del Ejército de Salvación, profesionales y enfermeras de la Iglesia de Ciencia Cristiana, diáconos ordenados y otros trabajadores religiosos a venir a Nueva York con una visa R.

Algunos Requisitos Para la Visa R

  • Que el solicitante sea miembro de dicha organización religiosa, por lo menos durante dos años. Que el solicitante tenga una oferta de (trabajo) de un cargo remunerado de la organización religiosa La organización religiosa debe calificar como tales en virtud de las reglas del IRS El solicitante debe mantener los lazos con su país de origen El solicitante debe poseer título y / o certificado que acredite adecuada formación académica y profesional para la posición de que la organización religiosa estará contratando

Nosotros en la Oficina de Derecho de Shane D. Scott evaluaremos cuidadosamente las circunstancias de cada cliente y los asesoraremos a él /ella de cual de las categorías de visas para trabajadores religiosos es la mejor opción para migrar a los Estados Unidos. Si su organización religiosa está considerando la reubicación de los ministros, pastores, sacerdotes, miembros del clero, rabinos, monjes budistas asalariados, oficiales y suboficiales del Ejército de Salvación, profesionales y enfermeras de la Iglesia de Ciencia Cristiana, diáconos ordenados y otros trabajadores religiosos a los EE.UU. entonces póngase en contacto con nuestros abogados de trabajadores Religiosos de la ciudad de Nueva York al 800.230.0844 o sscott@shanescottlaw.com o Skype: shanescottlaw.

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